¿Quién no ha tenido alguna vez, algún problema con un vecino, o alguna molestia, o ha recibido alguna queja? 8 de cada 10 casos de conflictos vecinales se resuelven mediante la Mediación. Vivir en un bloque de pisos formando parte de una comunidad rodeado de vecinos puede ser a veces difícil, porque alguno de los residentes no respete las normas comunitarias o no respete unos mínimos de convivencia.
Antes de acudir a los juzgados en IurisMed recomendamos la Mediación comunitaria para que, mediante el diálogo, las partes resuelvan el conflicto con la asistencia del Mediador (tercero imparcial), de forma voluntaria y confidencial. De esta forma se ahorran el tiempo y el dinero que tendrían que invertir en los tribunales. Y no solo eso: al haber participado las partes interesadas en la resolución de la controversia, tienen un mayor compromiso a cumplir el acuerdo alcanzado, y además se refuerzan las relaciones interpersonales, permitiéndoles solventar posibles desencuentros futuros a ellos mismos.
¿Cuáles son los conflictos que más se repiten?
Ruidos: Música muy alta, alguien ensayando con un instrumento musical, fiestas, gritos, llantos de criaturas, animales, electrodomésticos, obras… En general, las normas municipales coinciden en fijar estos límites:
– Para obras en casa, de las 8 horas hasta las 21 horas, en días laborables. Con maquinaria hasta las 20 horas. El domingo de las 9.30 horas hasta las 21 horas.
– Música o ruido en general: de las 8 horas hasta las 22 horas.
Siempre hay que pensar, que puede haber vecinos afectados por los “horarios normales para hacer ruido”, por ejemplo, si trabajan de noche y duermen de día.
Animales: Tanto en una casa como en un piso, los animales, sobre todo los perros, que son la causa de conflictos más comunes pueden causar molestias a los vecinos por sus ladridos, llantos, gemidos. Para evitar estos sus dueños tienen que garantizar la mayor educación de sus mascotas, y mantener en entorno limpio y libre de malos olores, limpiando adecuadamente las zonas donde la mascota pueda hacer sus necesidades. En caso de que la mascota ocasione algún daño o desperfecto, responderá el dueño.
Construcciones o anexos no reglamentados o que puedan tapar las vistas de otro vecino.
Plantas o elementos de jardín que invadan la construcción del vecino:
Hay que respetar una normativa, si la planta, árbol, arbusto, etc mide menos de dos metros, debe respetarse como mínimo, una distancia de medio metro, y si alcanza los dos metros, la distancia mínima será también de dos metros.
Olores: Sobre todo los provenientes de la basura, bien porque, por ejemplo, se deja en el descansillo de la planta horas y horas, bien porque no se recoge bien, etc. Grosso modo, y dependiendo siempre del municipio, los horarios para desprenderse de la basura doméstica son: el horario general de vertido es nocturno, de 20h a 02h, a excepción del vidrio, cuyo horario de vertido es diurno, de 09 a 23h, para minimizar las molestias al resto de vecinos. También en ocasiones la cocina, a causa de una mala ventilación, puede desprender olores molestos para otros vecinos.
Molestias ocasionadas por la presencia de un negocio en el edificio: Por ejemplo, ruidos si es una fábrica, o griteríos de la clientela de un bar, olores de las cocinas, y un largo etcétera conforman este típico caso de conflictos entre vecinos.
En definitiva, son múltiples los roces entre vecinos que pueden resolverse mediante la Mediación.