¿Es mi conflicto mediable? Si ya te habías hecho esta pregunta quiere decir que ya habías contemplado la posibilidad de recurrir a la mediación para resolver tu conflicto. Este es el primer escollo al que nos enfrentamos cuando tenemos un problema y queremos evitar ir a juicio: saber si podemos; y este es también lo primero que han de salvar los mediadores: averiguar si el caso que planteas es mediable o no.

La mediación puede proponerse antes o durante un procedimiento judicial o arbitral, incluso en procesos de apelación y de ejecución de sentencias.

La mediación en casos civiles

En principio, todos los casos de conflictos pueden ser susceptibles de entrar en un proceso de mediación -salvo los de extrema gravedad, obviamente-. De hecho, en el ámbito civil o mercantil son susceptibles de ir a un proceso de mediación todas aquellas materias o derechos disponibles por las partes (art. 2 de la Ley 5/2012)

  • Se puede mediar en casos de incumplimientos contractuales
  • Conflictos derivados de responsabilidad civil profesional
  • Casos de propiedades de bienes muebles y/o inmuebles, etc.

¿Sabías que todos estos conflictos puedes solucionarlos con la mediación? Descubre aquí cómo hacerlo.

La mediación en el entorno laboral

La mediación en el entorno laboral -la mercantil- gestiona casos tanto internos, como podrían ser entre el personal de la empresa, entre los distintos departamentos o entre los miembros de una familia si es una empresa familiar…, como conflictos externos entre la empresa y los proveedores, con clientes, con otras empresas o empresarios individuales.

Cómo tratar los conflictos familiares con la mediación

En asuntos de familia hay materias en las que las partes implicadas no tienen disponibilidad como las visitas, la pensión de alimentos, etc; pero sobre los que se puede llegar a un acuerdo de mediación sobre ellas. Por ejemplo, se puede mediar en conflictos en el marco de la separación o divorcio (relación entre los cónyuges, pensión de alimentos, custodia y régimen de visitas, régimen de bienes del matrimonio, etc.). 

En el ámbito familiar también existe la posibilidad de mediar en asuntos intergeneracionales:

  • Entre las personas mayores, los familiares u otras personas
  • Sobre la salud y cuidados de la persona mayor: la toma de decisiones sobre la gestión de los tiempos de cuidado
  • Conflictos de relación o comunicación entre los familiares…
  • En temas de herencias y repartición de bienes.

Mediación en el ámbito penal

Además, se puede mediar en conflictos relacionados con el ámbito penal. Existe la posibilidad de realizar una mediación penal entre el infractor y la víctima haciendo uso de la justicia restaurativa.

Otros casos mediables, obviamente siempre que se den las condiciones necesarias para llevar a cabo un proceso de mediación, son los conflictos con las administraciones públicas, conflictos vecinales; la mediación escolarsanitaria, deportiva, intercultural, concursal…

En conclusión, independientemente del ámbito en el que pueda surgir un conflicto o diferencias de opiniones, controversias, disputas, o enfrentamientos, el proceso de mediación puede ser la vía que te acerque al acuerdo, sin pasar por el trance de un proceso judicial,