Mediación Matrimonial: Separación o Divorcio

Mediación Matrimonial: Separación o Divorcio

La mediación es un proceso voluntario y estructurado en que una tercera parte neutral, que es el mediador, ayuda a solucionar los conflictos de manera amistosa, aclarando las pretensiones respectivas y restableciendo el diálogo, con el fin de que las partes busquen soluciones aceptables para ambas y que satisfagan sus necesidades, y permitiendo que estas se apropien de sus propias decisiones. Como mediadores familiares, estamos convencidos de que el conflicto lo solucionan las partes, siendo los mediadores, facilitadores de la comunicación.

Más allá de las crisis matrimoniales o de pareja, existen otros tipos de conflictos familiares. La mediación familiar se extiende a todos los miembros de la familia, sea cual sea su forma. Es importante tratar la familia como un sistema abierto, jerarquizado, formado por diferentes miembros que interaccionan entre sí según unas reglas de comportamiento y funciones dinámicas, en constante cambio.

La familia como tal ha adoptado varias formas a lo largo del tiempo (familias monoparentales, con parejas del mismo sexo, familias reconstruidas donde se juntan miembros provenientes de núcleos familiares diferentes para formar uno de nuevo…). Es en estas redes familiares donde se generan los conflictos que se pueden resolver mediante la mediación con éxito.

Desde Iuris Mediación creemos en el efecto positivo de los conflictos, ya que, superados estos, las partes siguen relacionándose y evolucionando, y se preparan para afrontar conflictos cotidianos ellas mismas mediante el diálogo constructivo. Los juzgados poco pueden acertar en la resolución de un conflicto tan arraigado a lo personal, difícilmente puedan dar con una solución tan conveniente e individualizada como las mismas partes.

En este proceso de mediación son las partes las que llegan a un acuerdo, habiendo el mediador de mantenerse neutral, pero dirigiendo la aparición de exaltaciones emocionales y mitigando la frustración y angustia que los conflictos familiares suponen por las partes. Al ser las partes las que llegan a un acuerdo de forma voluntaria tienen más posibilidades de cumplirlo después puesto que han tratado todos los temas sin dejarse nada al tintero, habrán conseguido, un acuerdo a medida que cubra sus necesidades.

Materias mediables: 
      • Relaciones mutuas entre los cónyuges, los efectos de la separación judicial o el divorcio.
      • Pensión de alimentos.
      • Custodia y régimen de visitas de los hijos/as y aspectos relacionados con su educación y salud.
      • Asuntos relacionados con el régimen de bienes del matrimonio.

Resumiendo, salvo lo excluido expresamente por la legislación, cualquier situación o conflicto es mediable en el ámbito familiar.

Materias no mediables:
      • Asuntos relativos al estado civil de las personas, por ejemplo, las causales de divorcio o de separación judicial.
      • Declaración de interdicción.
      • Casos de maltrato de niños, niñas o adolescentes.
      • Procedimientos de adopción de menores de edad.

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